¿Puede un propietario cambiar las ventanas de su piso sin informar a los demás?
Las ventanas de un edificio se ubican en su fachada y, por lo tanto, son un elemento común que, además, afecta a la estética del inmueble. Por esa razón, se requiere que la comunidad de propietarios dé el visto bueno al cambio.
Pero en las comunidades de vecinos, como en la vida misma, nada es blanco o negro y existen muchos matices. Hay resoluciones que eximen de ese permiso en el caso de que el cambio no suponga alteración ninguna de la estética del edificio o ésta sea mínima o imperceptible.
Existen otras resoluciones que avalan la supresión de ese requisito en el supuesto de que otros propietarios ya hayan modificado sus ventanas con anterioridad sin que la comunidad de propietarios haya reaccionado en contra. Pese a ello, es aconsejable informar al conjunto de propietarios para evitar malestares o discusiones posteriores.
Por último, los propietarios deben tener en cuenta siempre ante un proyecto de estas características la licencia administrativa pertinente, es decir, han de consultar si hay ordenanzas municipales que sean aplicables a ese edificio en función del planeamiento urbanístico. Esto es especialmente importante en barrios históricos y áreas de especial protección urbanística, como el Casco Histórico hondarribitarra o la Parte Vieja de Irun.